CFDI de tipo Ingreso (Factura) con complemento Carta Porte
Este tipo de comprobante se debe emitir por la o el prestador del servicio de transporte que circulen por vía terrestre de carga por carretera, así como los que presten el servicio de:
- Transporte de carga general y especializada.
- Prestadores de servicio de paquetería y mensajería, para mayor información consulta el Apéndice 5 del manual de del SAT.
- Grúas de arrastre, grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos, para mayor información consulta el Apéndice 7 del manual del SAT.
- Traslado de fondos y valores, para mayor información consulta el Apéndice 6 del manual del SAT.
- Traslado de materiales y residuos peligrosos.
- Transporte de hidrocarburos y petrolíferos.
CFDI de tipo Traslado (Carta Porte) con complemento Carta Porte
Este tipo de comprobante se podrá emitir por los propietarios, poseedores, tenedores de mercancías o bienes que formen parte de sus activos y podrán acreditar su traslado cuando este lo realicen con sus propios medios de transporte.
Los datos que deben considerarse en este tipo de CFDI son:
- El campo “Total” debe contener valor cero.
- La clave en el RFC del receptor del CFDI debe ser la misma que la registrada para el emisor.
- La clave registrada en el campo “Clave de producto o servicio” (ClaveProdServ) de la sección “Conceptos” del CFDI debe ser la misma que se registre en el campo “Bienes Transportados” (BienesTransp) de la sección “Mercancia” del complemento Carta Porte.
Se podrá amparar el traslado, la tenencia y estancia durante el traslado de bienes y/o mercancías de procedencia extranjera en territorio nacional con la representación impresa, en papel o en formato digital del CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte, siempre que en dicho comprobante se registre el número de pedimento de importación.
En las siguientes páginas, se describen todos los elementos a llenar del complemento carta porte para autotransporte, los campos con asterisco rojo son obligatorios.
¿Cómo podemos mejorarlo?
¡Apreciamos tus comentarios!
Tus respuestas serán usadas para mejorar nuestro contenido.