Servicio de Administración Tributaria | 22 de agosto de 2022 | Comunicado
En busca mejorar los trámites y servicios para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el SAT informó que ampliará el plazo para la NO aplicación de multas y sanciones en el uso de facturas con el Complemento de Carta Porte.
Sin embargo, a partir del 1ro. de enero de 2023, si tu CFDI no se emite con Carta Porte cumpliendo todos los requisitos aplicables, se te levantará una multa.
Si tu giro empresarial requiere utilizar Carta Porte en sus facturas y aún no utilizas el complemento, en Factura.com te invitamos a no dejar pasar el tiempo y comenzarlo a utilizar antes de que las multas y sanciones se implementen.
Puedes revisar la información aquí.
Te recordamos que tenemos la carta porte para su implementación, puedes revisar cómo agregar este complemento a tus facturas aquí.
¿Cómo podemos mejorarlo?
¡Apreciamos tus comentarios!
Tus respuestas serán usadas para mejorar nuestro contenido.