La Ley Federal del Trabajo (LFT) regula el reparto de utilidades en México. Todas las empresas con utilidad mínima de 300 mil pesos anuales están obligadas a realizar este reparto. Este reparto es un derecho constitucional de los trabajadores. La LFT establece que el monto a repartir es del 10% de las utilidades generadas por el patrón. 

Tabla de contenido: 
1-  ¿Qué es el reparto de utilidades? 
2- ¿Qué leyes lo regulan?
3- ¿Quiénes tienen derecho al reparto?
4- ¿Quiénes no tienen derecho?
5- ¿Qué empresas están obligadas a repartir utilidades?
6- ¿Cuánto le toca a cada trabajador?
7- ¿Cuándo se paga? 
8- ¿Qué pasa si no me pagan?

Cada año, los trabajadores esperan con bastante entusiasmo el reparto de utilidades, un derecho que está respaldado por la ley en México y es obligatorio sin ninguna excepción alguna. Pero, ¿sabes exactamente qué dice la legislación al respecto? En este blog te explicamos de manera sencilla todo lo que necesitas saber sobre este tema. 

¿Qué es el reparto de utilidades? 

El reparto de utilidades es un derecho constitucional que permite a los trabajadores recibir una parte de las ganancias que generó la empresa o patrón durante el año fiscal anterior. Este beneficio busca reconocer la contribución de los empleados al éxito económico del negocio.

¿Qué leyes lo regulan?

En México, el reparto de utilidades está regulado por: 

  • La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se encuentra en el Artículo 123, Fracción IX). 
  • La Ley Federal del Trabajo, se encuentra desde los Artículos 117 al 131. 

Estas disposiciones establecen las bases legales para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.

¿Quiénes tienen derecho al reparto?

Tienen derecho los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en el año fiscal anterior, ya sea de forma continua o discontinua, para una empresa obligada a repartir utilidades.

¿Quiénes no tienen derecho?

  • Directores, administradores y gerentes generales. 
  • Trabajadores eventuales que no hayan cumplido los 60 días laborados.
  • Socios o accionistas de la empresa.
  • Trabajadores domésticos.

¿Y entonces, por qué no tienen derecho? ¡Es muy buena pregunta! A continuación te explicamos por qué esos grupos no tienen derecho al reparto de utilidades, según la Ley Federal del Trabajo y principios generales del derecho laboral en México:

  • Directores, administradores y gerentes generales: Porque son considerados representantes del patrón. Es decir, toman decisiones estratégicas en nombre de la empresa y tienen una participación directa en la administración de las utilidades. No se les considera parte del personal subordinado, sino parte de la estructura patronal. 
  • Trabajadores eventuales que no hayan cumplido los 60 días laborados: La ley establece un mínimo de 60 días laborados en el año fiscal para poder participar en el reparto. Esto se debe a que se busca que quienes participen hayan contribuido de manera significativa a la generación de utilidades. Si un trabajador estuvo muy poco tiempo, no se considera que haya tenido esa contribución relevante.
  • Socios o accionistas de la empresa: Porque ya reciben beneficios económicos de la empresa a través de las utilidades como socios, mediante dividendos u otros mecanismos. Es decir, su ganancia no proviene de una relación laboral subordinada, sino de su participación como dueños del negocio.
  • Trabajadores domésticos: Porque su trabajo se realiza en el ámbito personal y privado del patrón, no en un contexto empresarial o productivo. La ley reconoce su derecho a un salario digno y prestaciones sociales, pero no a participar en las utilidades, ya que no generan una utilidad económica como tal. ¡Ojo! Aunque no participan en el reparto de utilidades, sí están protegidos por otras disposiciones legales, como la afiliación al IMSS.

El reparto de utilidades se otorga solo a los trabajadores que contribuyen directamente a la generación de ingresos de una empresa con fines de lucro, bajo una relación laboral subordinada. Aquellos que no cumplen con estas características quedan excluidos legalmente del beneficio.

¿Qué empresas están obligadas a repartir utilidades?

Están obligadas todas las empresas que hayan generado utilidades netas mayores a $300,000 pesos en el año fiscal y que tengan más de un trabajador. Hay excepciones, como:

  • Empresas de nueva creación (durante su primer año de operación).
  • Empresas nuevas que elaboren un producto nuevo (exentas durante los dos primeros años).
  • Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.
  • IMSS y organismos descentralizados con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

¿Cuánto le toca a cada trabajador?

La utilidad se reparte en dos partes: 

  • 50% en proporción al número de días trabajados en el año.
  • 50% en proporción al salario devengado por cada trabajador. 

Esto significa que se toma en cuenta tanto el tiempo que trabajaste como el sueldo que recibes.

¿Cuándo se paga? 

El plazo para pagar el reparto de utilidades es: 

  • Para empresas: Del 1ero. de abril al 30 de mayo. 
  • Para personas físicas con actividad empresarial: Del 1ero. de mayo al 29 de junio. 

¿Qué pasa si no me pagan?

Si una empresa no cumple con el reparto de utilidades, los trabajadores pueden presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Además, el patrón podría ser sancionado con multas conforme a la Ley Federal del Trabajo.

El reparto de utilidades no es un favor ni un bono, sino un derecho laboral respaldado por la ley mexicana. Conocer esta información te permite exigir lo que te corresponde y participar de manera informada en la vida económica de tu empresa.

¡Esperamos que esta información te sea útil! Si tienes alguna otra pregunta o necesitas más ayuda, no dudes en preguntarnos. Y si te gustó o sirvió mucho este artículo puedes compartirlo en tus redes sociales y etiquetar a tus amigos. Y también te queremos recordar que en Factura.com tenemos planes de facturación electrónica para ti y/o tus amigos y anímate a conocernos. ¡Incluso puedes probar la plataforma 15 días gratis!

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