Tabla de contenido: 
1- ¿Te ganaste la lotería? Conoce el Régimen por la Obtención de Premios.
2- ¿Cómo se calcula el impuesto para este régimen?
3- ¿Qué pasa si un turista extranjero se gana la lotería en México?
4- Conclusión.

No te desanimes cuando te den la excelente noticia de que ganaste un premio mayor después de haber comprado una lotería nacional o el famoso boleto para ganar algún premio de Sorteos Tec y te digan que tienes que pagar un porcentaje de impuestos. 

En este artículo vamos a contarte cómo funciona, por qué debes pagar impuestos si te lo ganaste, por qué tienes que informar en tu declaración anual sin que pierdas tu motivación o emoción por haberte ganado un premio grande. 

¿Te ganaste la lotería? Conoce el Régimen por la Obtención de Premios.

Según el SAT, es aquel en el cual las personas físicas obtienen como ingreso, un premio al resultar ganadoras en concursos autorizados legalmente, como pueden ser rifas, sorteos, juegos con apuestas y celebración de loterías; por lo que si ganaste la lotería, obtuviste algún premio en alguna rifa como por ejemplo un automóvil, estás en este régimen. 

Si obtienes ingresos de este tipo, estás obligado a informar en tu declaración anual. Así como también debes informar sobre los préstamos, los donativos y los premios, obtenidos en el año, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan de 600,000.00 pesos;  en caso de no hacerlo, se consideran ingresos acumulables.

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Recuerda que si por el ingreso que obtuviste te retuvieron impuestos, deben emitirte un comprobante fiscal que ampare los pagos y retenciones. Y quien te entregue el premio efectuará la retención del impuesto y se considerará pago definitivo. 

Para realizar tu declaración anual tienes que utilizar el aplicativo de Declaración Anual de Personas Físicas. Y como persona física podrás considerar en tu Declaración Anual deducciones personales como gastos médicos, hospitalarios, dentales, intereses por créditos hipotecarios, servicios profesionales de psicología y nutrición, entre otros. Y si obtienes saldo a favor puedes solicitarlo en devolución.

¿Cómo se calcula el impuesto para este régimen?

El gravamen por los premios tiene la particularidad de que existen dos diferentes tasas de impuesto que se aplicarán dependiendo del impuesto local. 

Se aplica la tasa 1% sobre el valor del premio correspondiente a cada boleto o billete entero, sin deducción alguna, cuando las entidades federativas no graven con un impuesto local estos ingresos, o en caso de haber impuestos este no exceda del 6%.

Y por otro lado, el gravamen será del 21% en aquellas entidades federativas que apliquen un impuesto local con una tasa que exceda del 6%.

¿Qué pasa si un turista extranjero se gana la lotería en México?

Sabemos todos que cada año vienen decenas de millones de turistas a visitar México, ahora imagínense que uno de los extranjeros se gane la lotería en México, ¿te has preguntado qué procede? También sabemos que los detalles fundamentales a tener en cuenta son: El reclamo del premio, el pago de impuestos y el anonimato. Entonces, si un extranjero gana el premio, tendrá que venir de nuevo a México a reclamar por su premio después de sus lujosas vacaciones en México. Lo que pueden hacer es ingresar los premios menores a través de una transferencia, realizada por la empresa que ofrece el servicio. 

Ahora nuestra pregunta es: ¿El extranjero tendrá que pagar impuestos por ganarse la lotería en México? ¿Cuánto tiene que pagar? 

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Generalmente, la tasa federal es del 1%, mientras que la estatal varía en cada zona, siendo normalmente de 6%. Adicionalmente, el turista podría tener que declarar sus ingresos en su país de residencia, si bien esto dependerá de las normas específicas de su país de origen.

Ahora, en el sentido inverso, si un mexicano se gana la lotería en Estados Unidos de América Norte, deberá pagar las tasas allí fijadas. Estas suelen ser alrededor del 30% para los no residentes, y también varían en función del estado en el que se compró el boleto ganador. 

Conclusión.

Es importante mencionar que las personas físicas que no informen en la declaración anual la obtención de premios que en su conjunto o de forma individual excedan de los $600,000.00 MXN no podrán considerar la retención efectuada como pago definitivo y deberán acumular a sus demás ingresos el monto de los ingresos obtenidos.

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