Tabla de contenido:
1- ¿Qué es Carta Porte 2.0?
2- ¿Quiénes lo deben utilizar?
3- ¿Cuándo se debe utilizar el Complemento Carta Porte?
4- ¿Quién válida este documento?
5- Infracciones en caso de incumplimiento.
6- Conoce los beneficios del Complemento Carta Porte.
7- Conclusión.
Para entender un poquito mejor en qué consiste la Carta Porte, te invitamos a leer el siguiente artículo. Carta Porte es un tipo de CFDI, es decir, un comprobante fiscal digital terrestre, cuya importancia radica en que a través de este documento se tiene conocimiento de la mercancía que se transporta. También sirve para proteger tus bienes o mercancías.
En realidad la Carta Porte no es algo nuevo. Ya existía con nombres como “talón de embarque”, guía o “póliza de movilización”. De hecho, este concepto se incorporó en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal desde diciembre de 1993. Lo que cambia ahora es su digitalización para evitar el contrabando.
¿Qué es Carta Porte 2.0?
La Carta Porte ahora es un complemento de factura, que es obligatorio por el SAT, integra la información de los bienes o mercancías que haces transportes, ubicaciones de origen y destino, medios de transporte, operadores y entre otros. Es un documento que ampara el traslado de tus mercancías y que agrega al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) los datos más importantes de la actividad por la que se movilizan los bienes.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su sitio oficial el uso obligatorio del complemento Carta Porte a partir del 1ero. de Enero de 2022, sin embargo, la fecha se ha recorrido y será obligatorio a partir del 1ero. de Enero de 2023. Este debe cumplir con los requisitos del “Estándar del Complemento Carta Porte” y el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.
¿Quiénes lo pueden utilizar?
Aquellos contribuyentes que requieren trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, por alguna de las siguientes vías:
- Terrestre.
- Marítima.
- Aérea.
- Ferroviaria.

¿Quiénes son los contribuyentes?
- Los contribuyentes dedicados al servicio de transporte (prestadores de servicios logísticos) deberán emitir el CFDI tipo Ingreso para documentar el servicio y acreditar el traslado.
- Los propietarios que transportan sus mercancías con medios propios, así como los intermediarios que las trasladen con autorización de aquellos, deberán emitir el CFDI tipo Traslado.
Es importante mencionar que, a partir del 1 de Enero de 2023 únicamente será válida la emisión del CFDI en su versión 2.0 del Complemento Carta Porte.
Aquí te decimos los puntos más importantes que debes de tomar en cuenta:
- Se incorporan ajustes y nuevas validaciones adicionales a realizar por el proveedor de certificación para la emisión del complemento con la versión 4.0 del CFDI.
- Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional.
- El complemento Carta Porte en su versión 2.0 inició su vigencia a partir del 1ero. de Diciembre de 2021 y es obligatorio a partir del 1ero. de Enero de 2022.
- Para el registro de los datos solicitados en el complemento Carta Porte, se podrá consultar el instructivo de llenado correspondiente, de acuerdo al medio de transporte a utilizar.
- Sólo las autoridades federales están facultadas para realizar revisiones en las que se requiera exhibir CFDI con complemento Carta Porte.
¿Cuándo se debe utilizar el Complemento Carta Porte?
CFDI de Ingreso: Los contribuyentes dedicados a prestar servicios de transporte terrestre, marítimo, aéreo, fluvial o de carga, deberán expedir el CFDI de ingresos que ampare la prestación de este tipo de servicio al cual deberán agregar el Complemento Carta Porte Terrestre. Cabe mencionar que dicho CFDI de ingresos deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 29-A del CFF, así también este servirá para acreditar el transporte de mercancías.
Lo dispuesto en el párrafo anterior, no releva al transportista de la obligación de acompañar las mercancías que transporten con la documentación que acredite su legal tenencia, según se trate de mercancías de procedencia extranjera o nacional.
CFDI de Traslado: Los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar el transporte de dichas mercancías mediante un CFDI de Traslado al cual deberán agregar el nuevo complemento Carta Porte el cual deberá ser expedido por ellos mismos. Dicho comprobante se usará para el traslado de mercancías por vía terrestre, marítima, aérea o fluvial.
En el supuesto en el que el traslado de mercancía se realice a través de un intermediario o agente de transporte, éste deberá emitir el CFDI de Traslado al cual deberá agregar el nuevo complemento Carta Porte.
¿Quién válida este documento?
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de la Dirección General de Autotransporte Federal o los Centros Secretaría de Comunicaciones y Transportes en cada uno de los Estados que integran la Federación, podrá verificar el correcto uso de la Carta Porte – Traslado por parte de los transportistas a través de visitas de inspección conforme a la normatividad establecida.
Con independencia de la facultad que tiene la Secretaría de Gobernación a través de la Policía Federal de realizar dicha supervisión cuando las mercancías sean transportadas en vehículos o unidades motrices por los caminos y puentes de jurisdicción federal.

Infracciones en caso de incumplimiento.
No expedir, entregar o poner a disposición de los clientes los CFDI con complemento Carta Porte acarreará sanciones a partir del 2023:
- Multas que pueden ir de los $1,490.00 pesos hasta $93,330.00.
- Clausuras de establecimientos de los contribuyentes, en caso de reincidencias, que van desde 3 hasta 15 días.
Conoce los beneficios del Complemento Carta Porte.
- Identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
- Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
- Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
- Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
- Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.
- Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.
Conclusión.
La implementación del complemento Carta Porte es un reto muy importante para todas las empresas y para el país de México, ya que no sólo depende de un área, la información que se necesita involucra a todas las áreas. Conlleva a tener una buena organización y capacitación, te recomendamos apoyarte de una plataforma de facturación, que tenga incluido este complemento, como Factura.com
¡Esperamos que esta información te sea útil! Si te gustó o sirvió este artículo puedes compartirlo en tus redes sociales y etiquetar a tus amigos. Recuerda que Factura.com tenemos planes de facturación electrónica, ideales para empresas mexicanas que necesiten utilizar Carta Porte. ¡Todos nuestros planes lo incluyen de manera gratuita!. ¡Te invitamos a probar nuestra plataforma 15 días gratis o contactarte con nosotros!
