Tabla de contenido:
1- ¿Qué regímenes fiscales usan los freelancers?
2- Régimen de persona física con actividad empresarial o profesional.
3- Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
4- Si desapareció el RIF, ¿tengo que tributar bajo RESICO?
5- ¿Cómo puedo pasar del RIF al RESICO?
6- Conclusión.
Si planeas ser un freelancer exitoso y también quieres ser responsable y cumplir con tus obligaciones fiscales ante el SAT, pero no sabes qué te conviene más para darte de alta, si como Resico o como Régimen de Persona Física con actividad empresarial o profesional, ¡no te preocupes! Te invitamos a leer este artículo y tú mismo te vas a dar cuenta cuál te conviene más.
Todos los ciudadanos mexicanos que reciben algún ingreso a cambio de servicios profesionales, tenemos la obligación constitucional de contribuir para el gasto público del país, es decir, pagar impuestos. Y esto se regula en las Leyes de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
¿Qué regímenes fiscales usan los freelancers?
Los freelancers pueden de registrar y darse de alta como:
1.1. Régimen de persona física y con actividad empresarial o profesional.
1.2. Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Régimen de persona física con actividad empresarial o profesional.
¿Sabes quiénes pueden darse de alta? Todas las personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales, industriales, enajenación de bienes o autotransporte, sin importar el monto de sus ingresos. Este régimen incluye a las personas que presten servicios profesionales.
¿Cuáles son las obligaciones?
Si tributan bajo este régimen tienen la obligación de declarar mensual y anualmente IVA e ISR. Para 2022, la tasa de este último oscila entre 1.92% y 35% dependiendo de tus ingresos.
Además, si estás dado de alta bajo este régimen, tu cliente no puede contratar tus servicios de manera exclusiva, pues entonces se consideraría tu único empleador y tendría que contraer obligaciones patronales contigo.

¿Qué ventajas tiene?
Te permite deducir todos los gastos relacionados con tu actividad económica. Por ejemplo, si prestas servicios de diseño, puedes deducir un iPad, o tu MacBook Pro y todo lo que tenga que ver con tu profesión. Así disminuye tu utilidad gravable, que es una fórmula que aplica a tu tasa de ISR.
A tus ingresos le quitas los gastos, eso te da como resultado tu utilidad. A eso, le restas la tasa correspondiente de ISR dependiendo del nivel de ingresos.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
¿Sabes quiénes pueden darse de alta? El RESICO entró en vigor el día primero de enero de 2022 y se dirige a personas físicas que tributan únicamente bajo ciertas condiciones. Para que una persona física pueda tributar en este régimen, tiene que cumplir con lo siguiente:
- Realizar únicamente actividades empresariales (incluidas las agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas), servicios profesionales, comercialización o arrendamiento de bienes.
- Que el total de los ingresos en el ejercicio inmediato anterior no exceda los 3.5 millones de pesos anuales.
- No ser socio, accionista o integrante de personas morales o parte relacionada. ¿Qué quiere decir con esto? Cuando dos o más personas participan de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra; según el artículo 179º de la Ley del ISR.
- No residir en el extranjero.
¿Cuáles son las obligaciones?
Si te das de alta bajo este régimen, debes hacer tus declaraciones mensuales y anuales. Sin embargo, para los freelancers el RESICO puede resultar atractivo por su tasa de ISR, que oscila entre 1% y 2.5%.
Si desapareció el RIF, ¿tengo que tributar bajo RESICO?
Si te inscribiste en el RIF antes del día 31 de agosto de 2021 podrás continuar en este no hay ningún problema. Pero si te inscribiste después, tendrás que migrar de régimen forzosamente, pero no te preocupes, no es tan complicado como lo pintan. Lo que si te recomendamos es que te apoyes con un contador profesional para que no te equivoques. Y toma en cuenta que de quedarte en RIF, tendrás que permanecer 10 años menos los que ya lleves inscrito.
Otra cosa, si este es tu tercer año tributando bajo el RIF si te conviene migrar a RESICO.
Esta recomendación se debe a que RIF daba la oportunidad de no pagar ISR el primer año, y el segundo año te descontaban 90% y el tercero 80%, por lo que en el tercer año, las ventajas de RESICO se equiparan a las de RIF.

¿Cómo puedo pasar del RIF al RESICO?
No es tan difícil como tú crees, para hacer tu cambio a este régimen es necesario que lo hagas y además de presentar un aviso de actualización al RFC. Aquí te decimos paso por paso cómo debes de hacer y qué necesitas:
- Paso 1: Ingresa a la página del SAT, y presenta el Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.
- Paso 2: Inicia sesión con tu RFC y e.firma o contraseña.
- Paso 3: En la siguiente ventana, anota la fecha del inicio del cambio para el nuevo régimen fiscal.
- Paso 4: Da clic en el botón de continuar.
- Paso 5: Se habilitará la opción para seleccionar el nuevo régimen, si eres RIF tendrás la opción de elegir si continuas como tal o te cambias al RESICO; ahora da clic en continuar.
- Paso 6: Selecciona la opción del Régimen Simplificado de Confianza y selecciona la opción de acuerdo tu giro y actividad del negocio.
- Paso 7: Selecciona la actividad o actividades empresariales.
- Paso 8: Selecciona que se hará por cuenta propia o en copropiedad.
- Paso 9: Da un porcentaje a las actividades dadas de alta.
- Paso 10: Indica si contarás con colaboradores o no.
- Paso 11: Revisa y acepta la actualización de obligaciones y guarda el cuestionario.
- Paso 12: Confirma que se concluyó la revisión.
- Paso 13: Finaliza el trámite y emite la nueva cédula de identificación fiscal desde el menú “Otros trámites y servicios”.
- Paso 14: Corrobora que en la nueva cédula se encuentra el cambio al nuevo régimen.
Conclusión.
¡Listo! ¿Te fijas que no es tan complicado? Ten en cuenta que para ser un emprendedor independiente y exitoso no sólo es necesario tener la capacidad de liderazgo, sino que además se debe conocer todos los detalles sobre el giro donde planeas desarrollarte y tener la estimación de los ingresos que planeas recibir, esto con el fin de ayudarte a ubicar en el régimen fiscal que te corresponda para así evitar tener algún problema con el Estado en el futuro.
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