El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), es el nuevo régimen fiscal enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), las cuales obtienen los siguientes beneficios:
Gobierno de México. 2022
- Cálculo automático de impuestos.
- Facilidades administrativas.
- Declaraciones programadas.
- Bajas tasas del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Dentro de las obligaciones señaladas para este nuevo régimen está la retención del ISR y en Factura.com puedes aplicarlo al crear un CFDI de ingreso (Factura), pero antes de explicarte cómo hacerlo desde tu panel, es necesario aclarar en qué situaciones es necesario aplicarlo:
Reglas de retención de ISR
Debe existir la retención de ISR cuando:
- El RFC del emisor contenga la marca Retención con valor “2” en la lista de RFC
inscritos no cancelados en el SAT (LCO) y el Régimen Fiscal del Emisor tenga el valor
626: Régimen Simplificado de Confianza. - Debe existir una retención, con la tasa del 0.0125, es decir el 1.25 %, siempre que el receptor sea una persona moral.
Puede existir una retención que no sea ISR, siempre que:
- El RFC del emisor contenga la marca Retención con valor “1” en la lista de RFC inscritos no
cancelados en el SAT:- El Régimen Fiscal del Emisor tenga el valor 626: Régimen Simplificado de Confianza.
- El RFC emisor sea una persona física y el RFC receptor sea una persona moral.
Cuando el RFC del emisor contenga la marca Retención con valor “0” en la lista de RFC inscritos
no cancelados en el SAT:
- Se deberán acatar las validaciones establecidas en el Anexo 20 para este nodo. Guía de llenado del CFDI Versión 4.0 pág. 36.
En resumen, si eres RESICO y tu RFC tiene la marca de retención 2 en la LCO debes realizar la retención con tasa del 1.25% de ISR en tu concepto.
Cómo lo aplico en Factura.com
En este caso, como es a nivel concepto la retención, se aplica en el apartado CONCEPTO de la siguiente forma:

Una vez agregado el concepto, puedes realizar tu timbrado. Si necesitas leer más sobre el régimen RESICO, te invitamos a leer nuestro blog.
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Hola Joaquín, agradecemos tus comentarios, recuerda que para revisar este tipo de dudas puedes contactarnos en el chat o al correo [email protected]
En el caso de requerir revisar qué tipo de retenciones puede hacer tu RFC debes ingresar al SAT y realizar la “consulta de los ingresos y retenciones”.
En el caso de los facturadores, el SAT pone a disposición una lista, llamada LCO que es accesible sólo para los PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) para hacer las consultas pertinentes.
Saludos,