Tabla de contenido:
1- Conoce el nuevo régimen de confianza del SAT.

2- ¿En qué consiste el nuevo régimen de confianza del SAT?
3- ¿Quiénes podrán o no tributar en el Régimen de Confianza?
4- ¿Cuáles son las obligaciones del Régimen de Confianza?
5- Beneficios del régimen de confianza para personas físicas.
6- ¿Cómo inscribirse en el régimen de confianza del SAT? 
7- Conclusión.

El nuevo Régimen de Confianza busca que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deposite su confianza en los contribuyentes para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales. A continuación, te platicaremos de qué trata y qué beneficios fiscales nos trae. 

Conoce el nuevo régimen de confianza del SAT

Si tienes un pequeño negocio, eres profesionista o trabajas de manera independiente por honorarios y aún no te has animado a darte de alta en el SAT por todo lo que implica hacer declaraciones, pagar impuestos, contratar a un contador,  entre otros… ¡Tenemos buenas noticias para ti!

A partir del día 1ero. de Enero de 2022 entrará en vigor el nuevo “Régimen Simplificado de Confianza” (RESICO) que sustituirá al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y que tiene como objetivo principal ampliar la base de contribuyentes mediante un esquema de tasas fijas del Impuesto Sobre la Renta (ISR), basadas en niveles de ingresos de las personas físicas.

¿En qué consiste el nuevo régimen de confianza del SAT?

En los últimos 4 años la evasión fiscal en México osciló entre 1  y 1.5 billones de pesos. Esta cantidad es de tal magnitud que equivale a la tercera parte del presupuesto federal, según las estimaciones del SAT.

Por ello, a la par de los intentos por fiscalizar a las grandes empresas, la actual administración también está apostando por ampliar la base de contribuyentes y en particular, el nuevo Régimen Simplificado de Confianza buscará adherir a alrededor de 10 millones de nuevos contribuyentes. El objetivo final es incrementar en 30 por ciento la cantidad de contribuyentes.

Entonces, el Régimen de Confianza es un nuevo Régimen Fiscal, en el que los contribuyentes de menores ingresos podrán tener sus impuestos calculados automáticamente, de manera que las declaraciones estarán programadas, y el ISR a pagar mensualmente se calculará a partir de los CFDI.

¿Quiénes podrán o no tributar en el Régimen de Confianza?

Podrán tributar en el Régimen de Confianza las personas físicas que realicen actividad empresarial, servicios profesionales (honorarios) o arrendamiento.

También pueden tributar las personas físicas antes mencionadas que además perciban ingresos por salarios e intereses, siempre y cuando la suma de todos los ingresos no rebase los $3.5 millones de pesos al año.

Por el contrario, no podrán tributar en el Régimen los socios, accionistas o integrantes de personas morales, o cuando sean partes relacionadas, y residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país.

Asimismo, no podrán inscribirse las personas con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes; y personas con ingresos asimilables a salarios (consejeros, comisarios, entre otros, honorarios preponderantes; honorarios opcionales y adquisición de acciones).

Ilustración de contabilidad: calculadora, monedas y personajes.

¿Cuáles son las obligaciones del Régimen de Confianza?

Para inscribirse al Régimen de Confianza, las personas físicas deberán cumplir con al menos nueve principales obligaciones para acceder a tasas de ISR bajas, las cuales son:

  1. Estar inscritos en el Registro Federal del Contribuyente.
  2. Contar con la Firma Electrónica Avanzada (antes FIEL) y Buzón Tributario activo.
  3. Contar con CFDI de ingresos y gastos.
  4. Expedir CFDI por las operaciones realizadas.
  5. Retener y enterar el ISR por sueldos y salarios.
  6. Presentar declaraciones mensuales a más tardar el día 17 del mes siguiente.
  7. Presentar declaración anual en el mes de abril del ejercicio siguiente.
  8. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
  9. No encontrarse en listas negras del SAT, como son las de “empresas fantasma”.

Beneficios del régimen de confianza para personas físicas

El “RESICO” se dirige particularmente a los contribuyentes que actualmente tributan en los regímenes de actividad empresarial RIF; arrendamiento y de actividades agrícolas, pesqueras, ganaderas y silvícolas.

Los beneficios para estas personas físicas serán la mayor simplificación tributaria y menores tasas de ISR:

ISR para personas físicas en el régimen de confianza del SAT

Tope de ingresos personas físicas (anual)               Tarifa ISR

300,000.00                                                                     1% 

600,000.00                                                                     1.1%

1,000,000.00                                                                  1.5%

2,000,000.00                                                                  2%

3,500,000.00                                                                  2.5%

En resumen, estos estos son los beneficios que tendrá el esquema aprobado para el 2022:

  • Las declaraciones de los contribuyentes del Régimen de Confianza se generarán automáticamente.
  • Un robot o algoritmo determinará los montos a partir de los CFDI. La idea es que las personas o empresas no necesiten de un contador.
  • La desventaja es que los contribuyentes del RESICO no tendrán deducciones.
  • Según el SAT, la idea es que los contribuyentes de menores ingresos terminen pagando menos impuestos.

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¿Cómo inscribirse en el régimen de confianza del SAT? 

Los contribuyentes en el Régimen de Confianza deberán inscribirse en RFC (Registro Federal de Contribuyentes), generar su firma electrónica,  activar su Buzón Tributario, emitir y solicitar facturas mediante el portal SAT y generar ahí mismo líneas de captura y realizar los pagos que correspondan. Asimismo, en dicha plataforma encontrarán su información fiscal precargada. 

Ilustración de impuestos, fondo azul

Conclusión. 

En virtud de lo anterior, los contribuyentes en este nuevo régimen dejarán de realizar las declaraciones provisionales mediante el uso del coeficiente de utilidad obtenido de su declaración anual del ejercicio fiscal anterior, que puede significar una carga importante tratándose de las micro y pequeñas empresas que presentan estacionalidades en su actividad económica.

Como ya viste este Régimen tendrá muchas ventajas para los pequeños contribuyentes y también permitirá a muchos otros entrar en la formalidad. ¿Y tú ya estás listo para cambiarte a este nuevo régimen? 

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